
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento acreditativo del derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante la estancia temporal, por motivos de trabajo, estudios…, en el territorio de otro Estado Miembro.
Esta tarjeta es personal e intransferible, de forma que en aquellos desplazamientos del titular del derecho junto a su familia, se extenderá una tarjeta por cada uno de los miembros de la unidad familiar.
La utilización de la Tarjeta Sanitaria Europea, durante el período de validez de la misma, se encuentra condicionada además a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas, de acuerdo con lo previsto en el Artº. 84 bis del Reglamento (CEE) 1.408/71
Para obtener la tarjeta sanitaria europea
existen básicamente 2 casos, siendo el primero de ellos el más habitual y el más sencillo:
- Titulares o beneficiarios pertenecientes a la Seguridad Social. No es necesario justificar los estudios a realizar. Un año de asistencia, salvo en casos de familiares de extranjeros asegurados en España por los Reglamentos comunitarios (formulario E-109 o E-121), que sólo tendrán derecho a 90 días renovables.
- No pertenecientes a la Seguridad Social. Sólo se podrá tener derecho por el Seguro Escolar (hasta los 28 años). Se emitirá por el tiempo necesario para efectuar el curso en el extranjero, con el máximo de un año. Tendrán que justificar los estudios documentalmente (beca Erasmus o cualquier otro estudio universitario oficial), así como el abono del seguro escolar de los dos cursos últimos (el actualmente en curso y el anterior).

Estados en los que la Tarjeta Europea tiene válidez
Austria, Bélgica, Suiza, Chipre, República Checa,Alemania, Dinamarca, Estonia, Francia, Finlandia, Liechtenstein, Reino Unido, Grecia, Hungría, Italia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Lituania, Letonia, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal, Polonia, Suecia, Eslovaquia y Eslovenia.
¿Que necesitamos para sacarnos la TSE siendo Eramus?
- Número de Afiliación a la Seguridad Social: Se pide en tesorería de la seguridad social.
- Carta de pago del año anterior.
- Carta de pago del curso siguiente, el cual vamos a realizar en el extranjero, donde aparezca el seguro escolar, y que debe estar previamente pagada.
- Cartilla o tarjeta de socio de la mutualidad del titular de la cobertura, donde se especifique que el solicitante de la TSE es beneficiario de la misma.
- Contrato financiero (Ojo, no learning agreement ni nada de cosas raras).
Pero como dije antes, la vía más rápida es obtener la tarjeta sanitaria como beneficiario, que suele ser en la mayor parte de los casos. La diferencia entre obtenerla por una vía o por otra es que en el caso de obtenerla como beneficiario, el período de validez de un año empieza a contar desde el día de la obtención de la tarjeta mientras que en el segundo caso se puede elegir el comienzo de dicho período. Sea como sea, cuando finaliza el período de validez habrá que renovar la tarjeta de la misma forma que se obtuvo.
Algunos enlaces de interés
Tarjeta Sanitaria Europea
Tarjeta Sanitaria Europea con MUFACE
Seguridad Social